Consejos al volante 1. Lleva siempre una postura cómoda al volante. Te permitirá maniobrar con el mínimo esfuerzo y la mayor rapidez. 2. Ajusta la banqueta para que, con el embrague pisado a fondo, nuestras piernas estén ligeramente flexionadas. 3. Mientras conduces, no olvides descansar tu pie izquierdo sobre el paso de rueda. Te ayudará a sujetarte mejor en las curvas. 4. La altura ideal de la banqueta es la que te permite una visión perfecta al tiempo que estás lo más abajo posible. El respaldo debe colocarse de la manera más vertical posible. 5. La postura de las manos es muy importante. Sitúalas en la parte superior del aro del volante, como si marcaran las 10 y 10 en un reloj. 6. Abróchate siempre el cinturón de seguridad. Tira de la banda diagonal de abajo hacia arriba para que la cinta quede tensa. 7. El reposa-cabezas es un elemento de seguridad muy importante. Intenta que su borde superior coincida con nuestra nuca. 8. En marcha, presta siempre mucha atención a la carretera. Hay que estar preparado para cualquier imprevisto: desprendimiento de piedras, manchas de aceite, charcos de agua… 9. Evita los excesos de confianza al volante. Te pueden costar más de un disgusto. 10. Al entrar en una curva, disminuye la velocidad y sitúate en el exterior del carril, sin sobrepasarlo,claro. ... Una vez en el interior de un viraje, nunca frenes ni aceleres. El vehículo está en tensión y hay una distribución desigual de las fuerzas. ... Al salir de una curva, justo cuando el coche comienza a "enderezarse" , fija bien la vista en la carretera. ... Ahora puedes acelerar.
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Trafico y seguridad vial


La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial entra en vigor el 25 de mayo de 2010
extracto del articulo de:CEA-online

Nuevas infracciones en la Ley de Tráfico y Seguridad vial.
  • Programar el navegador conduciendo. Infracción grave: 200 € y pérdida de 3 puntos.
  • Que un conductor circule con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación. Infracción grave: 200 €; no detrae puntos.
  • Estacionar en las plazas reservadas para discapacitados. Infracción grave: 200 €; no detrae puntos.
  • Circular sin las luces y elementos reflectantes en las bicicletas. Infracción leve: hasta 100 €; no detrae puntos.
  • El titular de un vehículo que permita que lo conduzca alguien sin permiso de conducir. Infracción grave: 200 €; no detrae puntos.
  • Conducir con un vehículo llevando instalado un inhibidor de radar. Infracción muy grave: 6.000 € y pérdida de 6 puntos
Infracciones que conllevan la pérdida de puntos.
Inhibidores y detectores de radar
Los inhibidores de radar son mecanismos electrónicos que una vez activados impiden el correcto funcionamiento de los radares y por lo tanto están terminantemente prohibidos. Si están permitidos los detectores de radar que permiten detectar la frecuencia de un radar y avisar de su proximidad, sin intervenir en la inhibición de la señal. También están permitidos los avisadores de radar y GPS, que cargan en su memoria la localización de los radares, pudiendo ser actualizados mediante consulta en las páginas especializadas de internet.
Recuperación de puntos.
Se amplía de 4 a 6 los puntos que un conductor puede recuperar cuando ha perdido parte del crédito inicial, al realizar el curso de recuperación de puntos.
Infracciones de velocidad.

Importe de las multas
A partir de mañana el importe de las multas de tráfico será el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. De este modo el coste de las infracciones quedarán así:
  • Infracción leve: hasta 100 €
  • Infracción grave: 200 €
  • Infracción muy grave: 500 €
Además, estos importes podrán incrementarse en un 30 %, en atención a la gravedad y trascendencia de los hechos, los antecedentes del infractor y a su condición de reincidente, el potencial creado por él mismo y para los demás usuarios de la vía y al criterio de proporcionalidad. (art.68 de la Ley).

Infracciones por no identificar al conductor.
En caso de no identificar al conductor que ha cometido una infracción el importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.
  • Si la infracción original es leve: el doble de la misma (100 € = 200 €).
  • Si la infracción original es grave: el triple de la misma(200 € = 600 €).
  • Si la infracción original es muy grave: el triple de la misma (500 € = 1.500 €).
Nuevo procedimiento de notificación de las denuncias. La notificación de la denuncia se podrá realizar:
  • En el acto, si el conductor ha sido detenido en el momento de acometerse la infracción.
  • En el domicilio del denunciado, mediante correo certificado, bien porque se haya indicado previamente a las autoridades de tráfico, o el que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico. En este supuesto si el no se pudiera llevar a cabo la primera notificación se procederá a un segundo intento de notificación, y si no resultara igualmente fallido se procederá a su publicación en el TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico.
  • En la Dirección Electrónica Vial (DEV), asignada por la Dirección General de Tráfico previa solicitud si se trata de personas físicas y obligatoria si se trata de personas jurídicas a partir del 25 de noviembre de 2010 para todas las nuevas matriculaciones.
Pronto pago
El plazo para pagar con un descuento del 50% del importe de la sanción es de 20 días naturales desde la notificación de la multa. Si se decide abonar el importe con el 50% de descuento no se podrán formular alegaciones ni recursos.
El titular o arrendatario será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo que exista designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.

Plazos de prescripción de infracciones y sanciones
Prescripción de las infracciones
  • 3 meses para las infracciones leves.
  • 6 meses para las infracciones graves y muy graves.
Prescripción de las sanciones
  • 4 años desde el día siguiente de la firmeza de la sanción.
El titular de un permiso o licencia de conductor no podrá transferir su vehículo cuando en su historial de conductor figuren cuatro sanciones firmes por infracciones graves o muy graves.

CEA le informa cómo proceder ante una denuncia
 
Articulo original en: http://www.cea-online.es/prensa/e-cea/2010/Mag_325_reforma_ley_trafico.html

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